COACUSADO, VALOR DE SU DICHO.
Cuando los procesados por un delito, aceptando la responsabilidad que les incumbe en los delitos que se les imputan, en sus declaraciones señalan a otras personas como participante en los hechos antijurídicos por los cuales se les procesa, sus atestados producen presunciones que en su caso pueden fincar la responsabilidad de esta tercera persona.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/305618-857e5340/coacusado-valor-de-su-dicho · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo LXXXIII, página 4802. Indice Alfabético. Amparo en revisión 144/45. Barrera Gustavo. 26 de marzo de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
Tomo LXXXIII, página 4802. Indice Alfabético. Amparo directo 6996/45. Ortega Ramírez Alejandro. 14 de febrero de 1945. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Carlos L. Angeles.
Tomo LXXXIII, página 2598. Amparo penal directo 1462/44. Castillo Miguel. 14 de febrero de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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