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Modo: Corpus Pro

AUTOPSIA (LEGISLACION DE JALISCO).

Clave: — · Registro digital (IUS): 305753 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3926

El artículo 478 del Código de Procedimientos Penales en el Estado de Jalisco dice que para comprobar el homicidio, por regla general, se practicará la autopsia, lo que indica que el legislador no estimó como absolutamente indispensable dicho medio de comprobación del cuerpo del delito.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/305753-7b0a1c50/autopsia-legislacion-de-jalisco · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 9075/44. Sánchez Mora Salvador. 13 de marzo de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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