ACUSADOS, DECLARACIONES DE LOS.
El valor probatorio de los coacusados, debe tenerse en cuenta si de sus declaraciones no se infiere que tengan el propósito de incriminar a otros, para eludir su propia responsabilidad; tanto más si dichos acusados están contestes en sus declaraciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/306034-afef14b4/acusados-declaraciones-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4816/44. Rodríguez Díaz Nieves. 10 de octubre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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