OFENDIDOS, DECLARACIONES DE LOS.
En términos generales, las declaraciones de los ofendidos, no son desechables de manera absoluta, ya que sin duda alguna, son quienes mas interés tienen en que se castigue a los verdaderos culpables, pero siempre es necesario considerarlos con reservas, y más aún, si el encausado ha negado terminantemente su participación en los delitos y no hay elementos de pruebas que den mayor firmeza a dichos testimonios, que por otra parte se refieren a hechos diversos, es decir a los acontecidos a cada uno de los propios ofendidos. Existiendo un estado de duda, no hay la certeza absoluta, la convicción plena que la ley exige para el castigo de los delincuentes, y siendo dudosa la responsabilidad, debe ser absuelto el acusado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/307712-3ab29271/ofendidos-declaraciones-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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