AUTORIDADES EJECUTORAS.
Si en su demanda de amparo el quejoso no señala como autoridad responsable, a aquella de quien emana el acto reclamado, y con relación a los actos de ejecución del mismo, no expresa concepto violatorio alguno, no existe posibilidad de estudiar la legalidad de dicho acto, si el mismo proviene de autoridad judicial, y por tanto, debe negarse al quejoso la protección federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/306366-428a124e/autoridades-ejecutoras · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 3353/44. Santiago Cirilo. 25 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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