TESTIGOS EN MATERIA PENAL.
Como lo ha sustentado la Suprema Corte, el testimonio de los parientes o domésticos no es inhábil para comprobar la responsabilidad del acusado, y si hubiere testigos de descargo que declaren que en el día y en el momento en que se cometió el delito, el acusado se encontraba en lugar distinto, este punto será objeto de la sentencia definitiva, pues con el testimonio de los parientes o domésticos se comprueba tanto el cuerpo del delito como la presunta responsabilidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/307186-75689ffb/testigos-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 10219/42. Albores Luis. 22 de noviembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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