RAPTO Y ESTUPRO, QUERELLA EN LOS DELITOS DE.
Si de autos consta que la ofendida se presentó a la autoridad correspondiente, denunciando los hechos que configuran los delitos de rapto y estupro, atribuídos al quejoso, aunque sin solicitar el castigo de su burlador, el hecho de haber puesto en conocimiento de las autoridades lo sucedido, es suficiente para que legalmente se tenga por producida la querella de parte legítima.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/307352-ad762e37/rapto-y-estupro-querella-en-los-delitos-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2655/43. Jaca Reyes Hipólito. 26 de agosto de 1943. Mayoría de tres votos. Disidentes: Carlos L. Angeles y Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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