SUSPENSION, AGRAVIOS EN LA REVISION DE LA.
La Primera Sala de la Suprema Corte acepta el criterio de que no es necesario expresar agravios en la revisión del incidente de suspensión, porque en él se resuelven cuestiones de hecho más bien que de derecho; máxime, si se tiene en cuenta que muchos asuntos están relacionados con el interés general, el cual puede ser afectado en forma transcendental por una suspensión, porque no se podrían corregir las situaciones creadas por la resolución de primera instancia, tan sólo porque no se satisfacen los requisitos de la expresión de agravios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/307830-246d1d6c/suspension-agravios-en-la-revision-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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