Corpus
Modo: Corpus Pro

CONFESION DEL ACUSADO OBTENIDA MEDIANTE COACCION.

Clave: — · Registro digital (IUS): 308313 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 3100

No obstante que la confesión judicial hace prueba plena, uno de los requisitos para que sea válida, es que sea hecha sin coacción ni violencia, y si existen presunciones de que la declaración rendida ante la policía judicial, fue obtenida por la violencia, presunciones que se fundan en que al rendir un acusado su declaración preparatorio ante el Juez instructor y negar lo declarado antes, presentaba, conforme a la fe judicial, escoriaciones en diversas partes del cuerpo, esto destruye el valor probatorio de la confesión hecha ante la policía judicial, no debiéndose tomarla en cuenta como un elemento presuntivo de responsabilidad. No importa que la confesión quede corroborada con la que emitió el coacusado, si ésta adolece del mismo vicio, pues no la ratificó y, en cambio, afirmó "que esa declaración la pusieron en las oficinas de policía, porque quisieron, después de golpearlo hasta que se cansaron".

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/308313-5e10cd3b/confesion-del-acusado-obtenida-mediante-coaccion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal en revisión 8414/41. Chávez Félix. 4 de agosto de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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