AUTO DE FORMAL PRISION.
Es violatorio de garantías, si con las pruebas rendidas, no se comprueba el cuerpo del delito que se imputa al acusado; debiendo concederse el amparo, para el efecto de que se dicte auto de soltura por falta de méritos; pudiendo proseguirse la investigación para que en caso de que se llegue a comprobar el cuerpo del delito, se proceda conforme a la ley, en contra de quien o quienes lo hayan cometido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/309484-8c2926aa/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 6968/39. Rojas Laurent Joaquín. 15 de febrero de 1940. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis G. Caballero. Disidente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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