LEGITIMA DEFENSA, EXCULPANTE DE.
Si el acusado no aceptó la contienda de obra que el impelía su agresor, y al verse ante una agresión inminente y en peligro de perder la vida privó de la suya a aquél, sus actos en el desarrollo de los hechos no deben considerarse como rijosos, sino como defensivos, y existe la exculpante de legítima defensa, y la sentencia que impuso pena es violatoria de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/309692-c8fd4972/legitima-defensa-exculpante-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 8623/38. Merinos Escalante Rosalino. 28 de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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