ROBO, COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO DE.
Para que se considere a un inculpado responsable de la comisión del delito de robo, no basta que admita tener en su poder el objeto que se dice robado, sino que esa posesión debe ser ilegítima, esto es, resultante del apoderamiento que se llevó a cabo sin la voluntad del dueño o de quien pueda disponer de la cosa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/310486-3df85df0/robo-comprobacion-del-cuerpo-del-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 926/38. Garza Leal José y coagraviado. 25 de junio de 1938. Ausente: Rodolfo Chávez S. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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