AUTOPSIA, NO ES NECESARIA PARA LA COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO DE HOMICIDIO. (LEGISLACION DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).
De acuerdo con los artículos 64 y 65 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Tamaulipas, puede comprobarse la existencia del delito de homicidio sin que se practique la autopsia, ni se identifique el cadáver, ni se dé fe del mismo, cuando no haya sido encontrado el cadáver o cuando no haya testigos que puedan declarar sobre la existencia del mismo; preceptos legales que deben aplicarse por analogía al caso en que se encuentre el cadáver y por el estado de putrefacción en que esté, los peritos médicos no pueden dictaminar acerca de las causas de la muerte, pero los elementos que arroje el sumario demuestren que un individuo ha sido privado de la vida por causa que constituya el delito de homicidio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/310522-759672af/autopsia-no-es-necesaria-para-la-comprobacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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