TITULOS FALSOS AL PORTADOR, DELITO DE CIRCULACION DE.
Si se imputa al acusado el delito, en grado de tentativa, de poner en circulación en la República, títulos falsos al portador, de obligaciones del tesoro de los Estados Unidos de Norte América, y se procede al aseguramiento de las cosas objeto del delito, o sea, los billetes emitidos por un banco de dicho país, y se guardaron en depósito en el juzgado, con el fin de que a su debido tiempo los peritos dictaminen sobre la autenticidad de aquéllos, es innecesario hacer una descripción pormenorizada de los billetes, y no tiene aplicación el artículo 187 del Código Federal de Procedimiento Penales, por no tratarse de falsificación de documentos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/311052-204f6a9b/titulos-falsos-al-portador-delito-de-circulacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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