CHOFERES, SUSPENSION TRATANDOSE DE PROHIBICION PARA QUE EJERZAN LOS.
Si la prohibición de la autoridad administrativa, para que determinados choferes trabajen con sus automóviles, se funda en que pertenecen a determinadas agrupaciones de transporte, la suspensión debe concederse, por llenarse los requisitos establecidos por el artículo 124 de la Ley de Amparo.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 3192/36. Millán Eugenio y coagraviados. 1o. de diciembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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