INFORME CON JUSTIFICACION, CONSTANCIAS INSERTAS EN EL.
Si la autoridad responsable, al rendir el informe con justificación, transcribe las actuaciones judiciales en que se fundó el acto reclamado, ese documento hace prueba, por tener el carácter de público, conforme a los artículos 258, fracción II, y 332 del Código Federal de Procedimientos Civiles, supletorio de la Ley de Amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/311830-e2fcf83f/informe-con-justificacion-constancias-insertas-en-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 4906/34. Domingo Nolasco. 27 de febrero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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