SENTENCIAS APELABLES.
Es improcedente el amparo que se endereza contra una sentencia dictada en un proceso y que admite el recurso de apelación, que fue sustanciado y resuelto, por no tener el acto reclamado el carácter de sentencia definitiva, en los términos del artículo 30 de la ley reglamentaria del amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/312794-5127ef6d/sentencias-apelables · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 15387/32. Aguilar Alonso Carlos. 17 de octubre de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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