SALARIOS CAIDOS, DURANTE EL CONFLICTO.
Si se reclama el laudo que condena a pagar salarios caídos durante la tramitación del conflicto, la suspensión debe concederse mediante fianza, porque con ello no se ocasionan daños y perjuicios a la sociedad ni al Estado y los que pudieran originarse a terceros, son reparables mediante dicho requisito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/313423-804e1180/salarios-caidos-durante-el-conflicto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 12315/32. Moreno Luis. 5 de agosto de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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