AUTORIDAD.
Por autoridad debe entenderse a toda persona que dispone de la fuerza pública, en virtud de circunstancias legales o simplemente de hecho, pues la característica de los actos de autoridad, radica no simplemente en que el autor de estos desempeñe una función pública, sino en que dichos actos lleven el imperio inherente a la facultad de ordenar, es decir, de imponer una voluntad a los demás.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/313893-b20c722c/autoridad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 2075/30. Saracho Pedro. 3 de septiembre de 1931. Mayoría de tres votos. Disidentes: Paulino Machorro y Narváez y Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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