Corpus
Modo: Corpus Pro

BEBIDAS EMBRIAGANTES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 314184 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 2234

Si el delito imputado al reo, es la venta de mezcal, que se conceptúa comprendida en lo dispuesto por la fracción VIII del artículo 507 del Código Penal de 1929, no es la autoridad judicial federal la que debe conocer del caso, porque no puede considerarse el artículo 507, fracción VIII, del Código Penal, como disposición reglamentaria del precepto contenido en la fracción XIII del artículo 123 constitucional; circunstancia ésta, que de existir, haría de naturaleza federal la disposición antes aludida, del Código Penal. Estas dos disposiciones, la constitucional y la del Código Penal, no se corresponden, y por tanto, aquélla no puede darle a ésta el carácter federal.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314184-aecc1592/bebidas-embriagantes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Competencia en materia penal 460/30. 31 de agosto de 1931. Mayoría de seis votos. Disidentes: Salvador Urbina, Luis M. Calderón, Manuel Padilla, Arturo Cisneros Canto y Julio García. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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