PRUEBAS EN EL PROCESO.
Si no se ofrecen durante el término que para eso concede la ley, el hecho de no admitirlas no constituye una violación de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314385-e1af0489/pruebas-en-el-proceso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 1373/29. Rodríguez Luis. 30 de abril de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos Salcedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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