LEGITIMA DEFENSA.
No puede considerarse que existió, si los actos del ofendido no hicieron temer una agresión inminente por parte del mismo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314918-b5a29976/legitima-defensa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo. Rosa Isabel de la. 13 de septiembre de 1929. Mayoría de tres votos. Excusa: Francisco Barba. Disidente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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