ACTOS CONSUMADOS.
La ejecución del acto reclamado, tratándose de la detención no lo consuma de modo irreparable desde el punto de vista constitucional puesto que el objeto del amparo es volver las cosas al estado que tenían antes de la violación reclamada, que en el caso se traduciría en la recuperación de la libertad, siendo por tanto improcedente sobreseer fundándose en que el acto se ha consumado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315414-1781a918/actos-consumados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 4145/25. Riojas Guerra José. 21 de agosto de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco Barba. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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