PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL.
En los juicios penales se consideran violadas las leyes del procedimiento y privado al quejoso de defensa, cuando se someten a la resolución del jurado, cuestiones de distinta índole de las que la ley señala; pero el hecho de que los interrogatorios sean incompletos, no es base para afirmar que se ha cometido la violación del procedimiento de que se habla.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315477-0a48de17/procedimiento-violaciones-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4306/28. León Toral José de. 6 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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