PENA DE MUERTE.
El artículo 22 constitucional, al permitir la imposición de la pena de muerte a determinados delincuentes, no hace referencia alguna a la apreciación de las circunstancias atenuantes que puedan intervenir en el caso, ni a la edad del inculpado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315571-4754c619/pena-de-muerte · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 67/23. Vela Ezequiel. 7 de marzo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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