ACTO RECLAMADO.
Debe estimarse probada en autos una orden de clausura reclamada en amparo, si de la inspección ocular llevada a cabo por el actuario del Juzgado de Distrito aparece que es cierta, y no estimarse inexistente porque las responsables digan en su informe que continúan vigentes las licencias expedidas "hasta que se resuelva lo conducente", y así pretender demostrar que no se ha dado la orden de clausura reclamada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/316585-bdb62728/acto-reclamado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 4736/55. Dolores Gómez. 23 de noviembre de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.
Jurisprudencia relacionada
- ACTOS RECLAMADOS. (s/clave)
- CLAUSURAS, ORDENES DE. (s/clave)
- ACTO RECLAMADO, COMPROBACION DEL. (s/clave)
- ACTO RECLAMADO, EXISTENCIA DEL. (s/clave)
- ACTO RECLAMADO. CARGA DE LA PRUEBA DE SU INCONSTITUCIONALIDAD. (s/clave)
- CLAUSURA Y SU EJECUCION, ORDEN DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis