DOCUMENTOS. VALOR PROBATORIO DE LAS COPIAS SIMPLES.
La circunstancia de que un documento sólo sea una copia al carbón, sin firma alguna, no hace variar la apreciación del juzgador relativa a que el citado documento es el que original obra en poder de la autoridad responsable, si en este aspecto ni la tercera perjudicada ni la propia autoridad han rebatido la cuestión, ni menos han presentado prueba alguna que desvirtúe dicha copia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/316867-202bffa3/documentos-valor-probatorio-de-las-copias-simples · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2284/55. Transportes de Carga Económicos, S.A. de C.V. 12 de septiembre de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
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