VEHICULOS ROBADOS, CONVENCION MEXICO AMERICANA SOBRE.
Ni la Procuraduría General de Justicia de la Nación, ni las demás autoridades administrativas, están facultadas para recoger sin intervención de las autoridades judiciales, los vehículos robados que se reclamen en virtud de la Convención México-Americana publicada en el Diario Oficial del veintitrés de julio de mil novecientos treinta y siete, sin la intervención necesaria de las Autoridades Judiciales; por tanto el procedimiento que lleven a cabo en tal sentido, sin ajustarse a los procedimientos judiciales pertinentes, es violatorio de la garantía consagrada por el artículo 14 de la Constitución.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/318001-6b47c983/vehiculos-robados-convencion-mexico-americana-sobre · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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