Corpus
Modo: Corpus Pro

INGRESOS MERCANTILES (CONFESION DE CAUSARLOS).

Clave: — · Registro digital (IUS): 318087 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2046

Si el promovente confesó en escrito presentado al Departamento de Empadronamiento respectivo que fue notificado verbalmente de que, a partir de fecha determinada, se le considera causante del impuesto de ingresos mercantiles, a pesar que con anterioridad gozaba de excepción, y contra dicho acuerdo no promovió juicio de nulidad dentro del plazo de quince días establecido por el artículo 179 del Código Fiscal, resulta evidente que consistió la determinación que lo considera causante; siendo de notar que contra aquella determinación la ley no establece recurso alguno, ni previene consulta de ninguna especie que pueda hacerse sobre el particular a la Secretaría de Hacienda y que, al tenor del artículo 19 del Código Fiscal citado, no cae recurso de reconsideración y el que se interpusiere no tendrá efecto alguno.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/318087-26b45d5d/ingresos-mercantiles-confesion-de-causarlos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Revisión fiscal 260/52. Procuraduría Fiscal de la Federación (Dirección de Impuestos Sobre Ingresos Mercantiles de la Secretaria de Hacienda). 24 de marzo de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: Nicéforo Guerrero.

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