MARCAS, IMITACION DE.
Para determinar si existe imitación de una marca, no es lo indicado tomar como base las diferencias entre la previamente registrada y la nueva, que se pretende registrar, sino las semejanzas que se adviertan para concluir lógicamente que en su conjunto pueden provocar confusiones, de acuerdo con los artículos 105, fracción XIV, 200, fracción V, y 255 de la propiedad industrial.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/318119-46f1a985/marcas-imitacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1001/53. Laboratorios Hormona, S. A. 1o. de julio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González
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