BEBIDAS ALCOHOLICAS. REGLAMENTO DE EXPEDIDOS DE.
Si el quejoso no impugnó el Reglamento de Expedidos de Bebidas Alcohólicas en su demanda de amparo, que fue el que sirve de base para el acto reclamado, no procede suplir la deficiencia de la queja, puesto que el artículo 76 de la Ley de Amparo que la establece se refiere concretamente a la Ley no a su reglamento o sea una disposición de naturaleza general, abstracta, imperativa y permanente, y que además emane del órgano constitucionalmente facultado para legislar, y no a disposiciones dictadas por órgano diverso del Poder Legislativo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/318199-25625cd5/bebidas-alcoholicas-reglamento-de-expedidos-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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