INFORME JUSTIFICADO.
No pueden suplirse en él las deficiencias del acto reclamado, por carecer de motivación y fundamentación legal ni es válido invocar en el informe preceptos legales que no sirvieron de apoyo al acto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/318308-03eaf527/informe-justificado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1897/53. Garza Hernández Jesús y coags. 18 de noviembre de 1953. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.
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