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TRIBUNAL FISCAL, COMPETENCIA DEL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 319149 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 473

Es competente el Tribunal Fiscal para conocer de la controversia que se plantea ante el mismo, en virtud de alegarse la falta de refrendo del Código Agrario, en aquellos preceptos de su texto, que impliquen materia fiscal, sin que obste para esta competencia la incapacidad del propio tribunal para conocer de cuestiones de constitucionalidad o anticonstitucionalidad, con respecto a las cuales, el propio tribunal ha establecido que es incompetente.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319149-bd98b306/tribunal-fiscal-competencia-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Tomo CX, página 2022. Indice Alfabético. Revisión fiscal 116/51. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Unión de Sociedades Locales Colectivas de Crédito Ejidal del Valle del Yaqui, de R. S.). 17 de octubre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. Relator: Manuel Bartlett Bautista. Tomo CX, página 2022. Indice Alfabético. Revisión fiscal 253/50. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Unión de Sociedades Locales Colectivas de Crédito Ejidal del Valle del Yaqui, de R. S.). 17 de octubre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. Relator: Manuel Bartlett Bautista. Tomo CX, página 2022. Indice Alfabético. Revisión fiscal 141/50. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Unión de Sociedades Locales Colectivas de Crédito Ejidal del Valle del Yaqui, de R. S.). 17 de octubre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. Relator: Manuel Bartlett Bautista. Tomo CX, página 473. Revisión fiscal 111/50. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Unión de las Sociedades Locales Colectivas de Crédito Ejidal del Valle del Yaqui de R. S.). 17 de octubre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. Relator: Manuel Bartlett Bautista.

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