COOPERACION, IMPUESTO DE ESTE NOMBRE.
Son anticonstitucionales los " derechos de cooperación" que menciona el Título X de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal de treinta y uno de diciembre de mil novecientos cuarenta y uno, pues violan lo dispuesto por el artículo 14 de la propia Ley Fundamental, ya que no establecen procedimiento alguno por el cual se oiga en defensa a los afectados, antes de que se les formule la liquidación respectiva; así como también porque el artículo 757 de dicha ley, limita los casos en que el afectado pueda oponerse a la Ley Fiscal, no mencionando entre ellos el de impugnación del costo de las obras realizadas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319421-92889d1e/cooperacion-impuesto-de-este-nombre · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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