EXPROPIACION PARA FUNDOS, SUSPENSION EN CASO DE.
Si la Tramitación de un expediente de expropiación para formar un fundo ha durado mucho tiempo, esto indica que no es urgente la formación del mismo y que de llevarse a cabo el fraccionamiento respectivo y la venta de los terrenos, se causara a los afectados perjuicios de muy difícil reparación, pues a causa de las ventas a terceras personas, ocuparían el predio expropiado, harían construcciones y en caso de que los quejosos obtuvieran la protección federal, sería muy difícil que tales terceros devolvieran los terrenos, por todo lo cual procede conceder la suspensión definitiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319597-d0ee58b4/expropiacion-para-fundos-suspension-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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