CONTRATOS CON AUTORIDADES.
De acuerdo con el artículo 1793 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales, un contrato es un convenio que produce o transfiere obligaciones y derechos. Ahora bien, si el convenio celebrado entre una autoridad y una particular está autorizado por la ley de la materia, es claro que el mismo produce sus efectos jurídicos con relación a las autoridades que han autorizado su celebración, y las obligaciones derivadas de tal contrato deben respetarse por dichas autoridades, y si no lo hacen, es indudable que se afecten los intereses jurídicos del particular.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319673-2d7b5fe5/contratos-con-autoridades · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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