EXTRANJEROS, REFRENDO DE SUS TARJETAS MIGRATORIAS.
Es indudable que la detención, la privación de la libertad y la deportación de un extranjero, aunque no hayan sido dictadas, son actos contra los cuales procede el amparo, cuando son la consecuencia ineludible de la situación real en que se encuentra tal extranjero, a causa de la falta de refrendo de su tarjeta de inmigrante, cuando tal refrendo haya sido negado, y de los requisitos indebidos que se le pidan llenar.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319805-8784b441/extranjeros-refrendo-de-sus-tarjetas-migratorias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 573 /50. Fernández Romano Anita. 8 de junio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett B. Relator: Franco Carreño.
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