BARDAS, RECURSOS CONTRA LA ORDEN DE CONSTRUIRLAS.
El recurso que establece el artículo 160, fracción I, del Código Fiscal, de la Federación, se concede contra las resoluciones de organismos fiscales que determinan la existencia de un crédito fiscal, lo fijen en cantidad o den bases para la liquidación. Por tanto, no es apto contra la resolución de la Dirección de Obras Públicas, que no es un organismo fiscal y que ordene que se construya, por cuenta de una persona las bardas que limiten un lote, ni contra las liquidaciones que se formulen para cobrar el importe de las obras, ni en contra del cobro de su importe, por no ser resoluciones fiscales; y por lo mismo no es improcedente el amparo pedido contra tales actos, en virtud de acatamiento del recurso mencionado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/320285-b7327e35/bardas-recursos-contra-la-orden-de-construirlas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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