RENTAS, SUSPENSION EN CASO DE CONGELACION DE.
En el artículo 6o. del Decreto de Congelación de Rentas, de 31 de diciembre de 1947, el legislador asigna a sus disposiciones el carácter de prevenciones de orden público, y siendo ello así, debe negarse la suspensión en contra de dicho decreto, por no concurrir para su otorgamiento el requisito que exige la fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/320447-72f64061/rentas-suspension-en-caso-de-congelacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2996/48. Albert viuda de Hanhausen Margarita. 23 de agosto de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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