VIAS GENERALES DE COMUNICACION, SUSPENSION CONTRA LA APLICACION DE LA LEY DE.
Es cierto que la Ley de Vías Generales de Comunicación es de observancia general, pero de ello no puede inferirse como con la aplicación de determinados artículos de la misma, ni siquiera citados, se perjudica el interés general o público, por le mantenimiento de las cosas en el estado en que se encontraban antes de la aplicación de dichos artículos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/320807-59530165/vias-generales-de-comunicacion-suspension-contra-la-aplicacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 6542/46. Compañía Del Boleo, S. A. 12 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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