CREDITOS FISCALES, SUBROGACION DE LOS.
En lo que ve a la subrogación de un crédito fiscal, cuando un acreedor paga las contribuciones adeudadas, debe distinguirse entre los efectos civiles inherentes a la adquisición del privilegio fiscal, como acreedor preferente, y las otras consecuencias de tipo administrativo, aceptando sólo las relativas a la prelación que si están de acuerdo con el sistema observado por los artículos 2058 y 2985 del Código Civil vigente en el Distrito y Territorios Federales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/320916-d93f2c8c/creditos-fiscales-subrogacion-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3300/42. Llera viuda de Sanz Ana, sucesión de. 4 de agosto de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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