ACTO RECLAMADO, CONOCIMIENTO DE (ALBACEAS).
No puede admitirse que quien es notificado en lo personal de un acuerdo, lo ignore en cuanto a su personalidad, como albacea de una sucesión, por lo que si tuvo conocimientos de una resolución, debió intentar el recurso ordinario correspondiente, para defender a la sucesión representada, máxime, si no es imputable a la responsable el hecho de que la notificación no se haya hecho a la sucesión, sino al albacea en lo personal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321030-cf4dc5f8/acto-reclamado-conocimiento-de-albaceas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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