EXPROPIACION.
Es violatoria de garantías la expropiación, si no queda comprobada la existencia de la utilidad pública.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321050-edcdcb14/expropiacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8072/46. Barradas Francisco, sucesión de. 9 de mayo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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