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Modo: Corpus Pro

CONTRIBUCIONES DE GUERRA, AMPARO IMPROCEDENTE TRATANDOSE DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 321092 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 153

Como el Presidente de la República, con fundamento constitucional, dictó la Ley de Emergencia sobre la Contribución Económica para la Defensa Nacional y Finiquito de la misma, en la que convirtió los conceptos de las tributaciones creadas dentro del período de suspensión de garantías, al declarar que se les consideraba como contribuciones económicas para la defensa nacional, es indudable que independientemente de la validez de la norma que creó la tributación, ésta quedó transformada en contribución extraordinaria de guerra, y al suceder esto, se cambió la situación jurídica de los negocios relativos a dicha norma.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321092-1b27bdb7/contribuciones-de-guerra-amparo-improcedente-tratandose-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo 8135/46. Du Pont, S.A. 9 de enero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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