MARCAS, JUICIO SUBJETIVO PARA DECLARAR LA NULIDAD DE.
Los casos en que el Juez Federal puede revisar la apreciación que ha hecho la Secretaría de la Economía Nacional, sobre si existe semejanza o igualdad entre dos marcas, son cuando el juicio de economía se combate porque no aplica la norma legal debida o porque la aplicó mal, es decir, si se trata de un problema jurídico y cuando para la formación de ese juicio, sólo hay que atender a hechos que cualquiera puede apreciar, sin necesidad de conocimiento especial sobre alguna ciencia o arte, pues no existe razón para atribuir a la Secretaría de la Economía Nacional, la facultad de apreciar hechos que, por su naturaleza visual o fonética, pueden ser percibidos o calificados por la generalidad de las personas, ya que el juicio ordinario impide sólo que el juicio sea el resultado de estimaciones científicas, o técnicas, no jurídicas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321136-76ddd84d/marcas-juicio-subjetivo-para-declarar-la-nulidad-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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