EXPROPIACION, SUSPENSION PROCEDENTE EN CASO DE.
Aunque se trate de los efectos de una expropiación decretada por causa de utilidad pública, debe concederse la suspensión, si el objeto que con ello se persigue no es de ingente e inaplazable realización, y máxime, si los daños y perjuicios causados al expropiado, son de difícil reparación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321730-74b14f42/expropiacion-suspension-procedente-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 545/46. Almacenes Nacionales de Depósito, S. A. 5 de agosto de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: Octavio Mendoza González.
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