EXPROPIACION, SUSPENSION EN CASO DE.
Si ya se ejecutó la posesión a causa de la publicación de la ley y decreto de expropiación relativos, no existe acto que suspender, porque sería darle a la suspensión efectos restitutorios y, por tanto, ésta debe negarse en el amparo que contra tal expropiación se pida.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/330017-e71dec50/expropiacion-suspension-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo LXI, página 5512. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 2765/39. Cantón P. Felipe G. 5 de septiembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiain. Relator: Agustín Gómez Campos.
Tomo LXI, página 2440. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3586/39. Cervera Lara José y coagraviados. 11 de agosto de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo.
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