AMPARO, ALEGATOS EN EL.
Como los alegatos no son sino argumentos esgrimidos con el único objeto de fortalecer doctrinariamente los puntos de vista sostenidos por las partes, es claro que ningún agravio puede causarse a éstas, con el hecho de que el sentenciador no se ocupe del estudio de los mismos, toda vez que tales argumentos no forman parte de la litis.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321921-6a3a187b/amparo-alegatos-en-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5691/44. Cerda Trujillo Florentino M. 10 de abril de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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