IMPUESTO SOBRE LA RENTA, CALIFICACION DEL.
La Junta Calificadora del Impuesto sobre la Renta, está en la obligación de comprobar, con los dictámenes formulados o con el acta de la sesión, que haya celebrado, que verificó un análisis de las manifestaciones del causante, consignando los razonamientos y motivos que la indujeron para fijar determinada calificación, tomando en cuenta también los datos externos y estadísticos, con respecto a negocios similares, y al no hacerlo así, viola el artículo 123, fracción II, del reglamento de la ley de que se trata.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/323135-e8ad86be/impuesto-sobre-la-renta-calificacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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