PRUEBAS EN EL AMPARO.
Es infundado el agravio del recurrente en el sentido de que no tuvo oportunidad para alegar, por haberse rendido la prueba pericial en la audiencia respectiva, porque la ley no determina una forma distinta para alegar en estos casos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/323427-07241dbc/pruebas-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7/44. Durán viuda de Almeida Estela. 24 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. Relator: Franco Carreño.
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